Si bien el fallo emitido hoy por el Tribunal de Róterdam (Países Bajos) es decepcionante, la Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF), la Federación Europea de los Trabajadores del Transporte (ETF) y los sindicatos afiliados a ambas federaciones se comprometieron a continuar luchando para lograr el cumplimiento efectivo de la cláusula sobre el trabajo no correspondiente a la gente de mar.
Lamentablemente, el tribunal holandés se abstuvo de ordenar a un armador y a los agentes de contratación de personal el inmediato cumplimiento de dicha cláusula, también conocida como la “cláusula portuaria”.
La ITF, la ETF y sus sindicatos afiliados Nautilus NL, FNV Havens y ver.di llevan tiempo reclamando que la industria cumpla con la cláusula y deje de exponer a la gente de mar a riesgos adicionales para la salud y la seguridad en el lugar de trabajo y de privar a las trabajadoras y los trabajadores portuarios de su valiosa labor.
A pesar de que, antes de dictar sentencia en la causa principal, se desestimó la solicitud preliminar de los sindicatos de que se prohíba que la gente de mar preste servicios de trinca, los sindicatos consideran que el acuerdo es claro en cuanto a que la tarea de manipulación de la carga debe ser realizada por personal portuario capacitado y experimentado cuando se encuentre presente, poniendo fin así al peligro que supone que el personal marítimo realice la trinca en condiciones de cansancio.
De acuerdo con el fallo, urge en efecto aplicar una medida cautelar ante la falta de cumplimiento. Sin embargo, el juez a cargo determinó que sería necesario llevar adelante una revisión judicial más exhaustiva para analizar las diversas cuestiones de hecho y de derecho. Desgraciadamente, el juez consideró que el asunto era demasiado complicado para resolverlo en un juicio sumario.
Este caso es el resultado de un esfuerzo conjunto por parte de los sindicatos. La cláusula negociada para incorporar por fin las protecciones necesarias entró en vigor el 1 de enero de 2020, tras un acuerdo alcanzado en febrero de 2018. Los sindicatos mencionados con anterioridad unieron sus fuerzas para hacerla cumplir el 3 de junio de 2020 al iniciar una acción de reparación preliminar contra las agencias de contratación de personal Marlow Navigation Netherlands B.V. y Marlow Navigation Company Limited (inscritas en los Países Bajos y Chipre, respectivamente) y el armador Expert Shipping B.V., de los Países Bajos. Más adelante, cinco empresas fletadoras presentaron una solicitud al tribunal para sumarse al procedimiento.
Tras el fallo de hoy, los sindicatos marítimos continuarán luchando por el cumplimiento de la cláusula sobre el trabajo no correspondiente a la gente de mar a fin de asegurarse de que se aplique plenamente en todos los buques que tienen convenios colectivos con la ITF.
En este momento, los sindicatos marítimos están considerando si apelarán el fallo preliminar o continuarán con las actuaciones del proceso principal en el que el tribunal se expedirá sobre la cuestión de fondo.
Contacto de prensa: Rory McCourt | +44 7 711 356 964 | media@itf.org.uk
Nota: Los datos de contacto de los responsables de comunicaciones de otros sindicatos pueden solicitarse a través del contacto de la ITF arriba indicado.
Notas para redactores:
¿Qué es la cláusula sobre el trabajo no correspondiente a la gente de mar?
La cláusula forma parte de un acuerdo del Foro Internacional de Negociación (IBF) celebrado entre el Grupo Mixto de Negociación, en representación de los armadores, y la ITF, en representación de los marinos. Todo aquel que emplee a marinos debe respetar el acuerdo del IBF en su totalidad, incluida la cláusula sobre el trabajo no correspondiente a la gente de mar.
La cláusula tiene como objetivo mejorar la seguridad de la gente de mar que trabaja a bordo de buques ayudándolos a observar las horas de trabajo y descanso apropiadas, reduciendo la fatiga y permitiendo que estas peligrosas tareas sean realizadas por trabajadores y trabajadoras que están específicamente capacitados para ello. Los estudios muestran que la manipulación de la carga se lleva a cabo de forma más segura cuando quienes la realizan son trabajadores y trabajadoras con capacitación específica para la trinca.
Se prevén otros procedimientos judiciales para lograr el pleno cumplimiento de la cláusula sobre el trabajo no correspondiente a la gente de mar.
En los Países Bajos está pendiente el tratamiento de la cuestión de fondo.
Por todo el mundo, los sindicatos (tanto marítimos como portuarios) continuarán protegiendo los intereses de la gente de mar y los trabajadores y trabajadoras portuarios.
¿Qué dice exactamente la cláusula?
“Ni los marinos ni ninguna otra persona a bordo, ya sea contratada de forma permanente o provisional por la Compañía, prestarán servicios de manipulación de la carga en un puerto, en una terminal o a bordo de un buque donde prestan servicios de manipulación de la carga portuarios miembros de un sindicato afiliado a la ITF. En caso de que no haber un número suficiente de portuarios cualificados disponibles, la tripulación del buque podrá realizar la labor, siempre y cuando exista un consentimiento previo del sindicato de portuarios de la ITF o de los sindicatos de la ITF en cuestión, y siempre y cuando los marinos se ofrezcan como voluntarios para desempeñar dichas funciones, estén cualificados para realizar esa labor y sean debidamente recompensados por ella. A los efectos de esta cláusula, los «servicios de manipulación de la carga» podrán incluir —sin que la enumeración sea exhaustiva— el embarque, el desembarque, la trinca, la destrinca, la revisión y la recepción”.
Acerca de la ITF: La Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF) es una federación sindical mundial democrática, compuesta por cerca de 700 sindicatos de trabajadores y trabajadoras del transporte que representan a unos 20 millones de trabajadores y trabajadoras en 150 países. La ITF trabaja para mejorar la vida del personal del transporte en todo el mundo, fomentando y organizando la solidaridad internacional entre su red de sindicatos afiliados. La ITF representa los intereses de los sindicatos de los trabajadores y las trabajadoras del transporte ante las instancias que adoptan las decisiones que afectan a los puestos de trabajo, las condiciones laborales y la seguridad en el sector del transporte.
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