En los países donde se ha ratificado el Convenio sobre el trabajo marítimo, las agencias de contratación de tripulantes (a veces denominadas agencias de dotación) que ofrecen servicios de contratación no deberán cobrarle a usted por la obtención de un empleo. Los únicos costos que pueden facturársele a usted serán los correspondientes a la obtención del certificado médico nacional obligatorio, de la libreta nacional de servicio y de un pasaporte o de otros documentos personales de viaje similares. El costo de los visados deberá correr por cuenta del armador.
Además, todas las agencias de contratación de tripulantes privadas deberán estar reglamentadas y contar con un sistema eficaz, adecuado y sujeto a responsabilidad que proteja y promueva los derechos de la gente de mar en el empleo. Y está prohibido crear listas negras para impedir que gente de mar calificada obtenga empleo.
Aun si su agencia se encuentra en un país que no haya ratificado el MLC, los armadores registrados en las banderas de países que lo hayan ratificado deberán utilizar agencias que cumplan estos requisitos mínimos. Dependiendo de su país de origen, su sindicato podrá ofrecer servicios de contratación con arreglo a las condiciones estipuladas en un convenio colectivo.
El Estado del pabellón deberá cerciorarse de que, en caso de que la gente de mar sea contratada a través de una agencia de contratación de tripulantes de un país que no haya ratificado el Convenio, el armador que contrate a la gente de mar se asegure de que la agencia observe las normas establecidas en el MLC.
En los casos en que la agencia de contratación de tripulantes sea de naturaleza pública, deberá tener también un funcionamiento regular que promueva los derechos de la gente de mar en el empleo.
Es preciso que exista un procedimiento que le permita a usted presentar una queja en caso de que una agencia de contratación de tripulantes no opere de manera adecuada e infrinja los requisitos del Convenio. Dependiendo de la situación, quizás sea necesario que usted presente una queja a las autoridades de su propio país (por ejemplo, la gente de mar de origen filipino podrá recurrir al POEA, Organismo de Empleo de Ultramar de Filipinas), a las del Estado del pabellón o a las del Estado del puerto. Usted también podrá consultar a su sindicato o a la ITF.
¿Cómo determinar si una agencia de contratación de tripulantes o una empresa de contratación privada es fiable?
Las agencias de contratación de tripulantes deberán:
- Llevar un registro actualizado de toda la gente de mar colocada por su mediación.
- Llevar listas actualizadas de los datos de contacto de los buques y la empresa en la que se ha colocado a la gente de mar.
- Informarle a usted de sus derechos y obligaciones previstos en sus acuerdos de
- empleo y concederle a usted el tiempo suficiente para estudiar su acuerdo de empleo antes de firmarlo.
- Darle a usted una copia del acuerdo de empleo.
- Asegurarse de que los acuerdos de empleo de la gente de mar sean conformes con la legislación nacional aplicable y los convenios colectivos
- Comprobar sus calificaciones para el empleo.
- Asegurarse de que los armadores o las empresas con las que trabajan sean sólidos desde el punto de vista financiero de manera que usted no se vea abandonado en un puerto extranjero.
- Contar con un procedimiento eficaz para la presentación de quejas.
- Contar con un sistema de seguro, para indemnizarle a usted en caso de
- incumplimiento de las obligaciones que para con usted tenga el servicio de contratación o colocación o el armador en virtud del acuerdo de empleo de la gente de mar.
Como buenas prácticas deberían también:
- Emplear a personal con un conocimiento apropiado del sector marítimo
- Respetar el derecho a la privacidad y la necesidad de proteger la confidencialidad.
- Asegurarse de que pueden atender con rapidez y comprensión las solicitudes de información o de asesoramiento formuladas por su familia mientras usted se encuentra en alta mar, y sin costos para usted o su familia.
- Llevar listas de los datos de contacto en caso de emergencia
- Informarle a usted de las políticas pertinentes de las empresas navieras, por ejemplo, políticas de prohibición total de consumo de alcohol a bordo de los buques.
- Verificar que las condiciones de trabajo en los buques en los que estos servicios colocan gente de mar estén en conformidad con los convenios colectivos, las leyes y los reglamentos aplicables.
Si a usted le preocupa algún agente de contratación de tripulantes en particular o sus prácticas, póngase en contacto con la ITF utilizando el enlace que se encuentra en la parte derecha de esta página.